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Mostrando entradas de enero, 2018

Recomendación de la Semana: PROCEDIMIENTOS ESPECIALES PENALES

Recomendación de la Semana:   PROCEDIMIENTOS ESPECIALES PENALES. Autor: Dra. Magaly Vásquez González. Colección Letraviva UCAB ediciones, 2016.  Quien es Abogada, Especialista en Ciencias penales y Criminológicas y doctora en Derecho (UCAB). En la Universidad Católica Andrés Bello y dentro de la Facultad de Derecho es Jefe de las Cátedras de Derecho Penal I y Derecho Procesal Penal. Miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal. Profesora de la Maestría de Derecho Penal de la Universidad Arturo Mic helena y en la Especialización de Derecho Procesal Penal de la Escuela Nacional de Fiscales (ENF).  Ex Abogada de la oficina de Investigaciones y Asesoría Jurídica del Congreso y Asesora de la Comisión Legislativa del Congreso de la República.  Corredactora del Código Orgánico Procesal Penal (1999) y de la Ley Especial Contra Delitos Informáticos (2001).  Ex Asesora de la Comisión de Evaluación y Concursos de Oposición para el ingreso y pe...

EL JUEZ LABORAL PUEDE OTORGAR SUMAS MAYORES O CONCEPTOS DISTINTOS A LOS DEMANDADOS

EL JUEZ LABORAL PUEDE OTORGAR SUMAS MAYORES O CONCEPTOS DISTINTOS A LOS DEMANDADOS La Sala de Casación Social estableció que el Juez Laboral no incurre en infracción de norma cuando, de conformidad con la legislación laboral, concede al trabajador sumas mayores o conceptos diferentes a los demandados, siempre y cuando estos hayan sido objeto de discusión en el juicio y estén debidamente probados. Al respecto, la Sala determinó que en estos casos el Juez Laboral está actuando  bajo la facultad que le otorga la ley, “…permitiéndole así, bajo la figura de ultra o extrapetita, dar al trabajador demandante más de lo pedido; entendiéndose que no está concediendo algo que no le corresponde al accionante, sino, por el contrario, en fiel cumplimiento al derecho, le otorga lo que por ley le corresponde…” En consecuencia, la Sala reconoció que el Juez Superior decidió correctamente al condenar al patrono al pago de un monto superior al demandado por concepto de antigüedad, por cuanto estuv...

EL TRABAJADOR RENUNCIA A SU REENGANCHE CUANDO PRESENTA DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

EL TRABAJADOR RENUNCIA A SU REENGANCHE CUANDO PRESENTA DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES La Sala de Casación Social confirmó su criterio según el cual debe entenderse que un trabajador renuncia a su reenganche cuando decide demandar el cobro de sus prestaciones sociales y por lo tanto, “…la fecha de terminación de la relación de trabajo, es aquella fecha en la que [el trabajador] renuncia al reenganche, y ello ocurre, desde el momento en que es presentada la demanda por cobro de prestaciones sociales…” Ver sentencia: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scs/marzo/196856-0169-14317-2017-16-086.HTML

ACCIDENTE DE TRABAJO IN ITINERE POR CULPA DE LA VÍCTIMA Y HECHO DE UN TERCERO - ESTIMACIÓN DEL DAÑO MORAL EN UN MILLÓN DE BOLÍVARES

SCS/TSJ N° 0148 de fecha 09.03.2017 (RAFAEL ANTONIO AGÜERO ROJAS Vs SUPERMERCADOS UNICASA, C.A.): ACCIDENTE DE TRABAJO IN ITINERE POR CULPA DE LA VÍCTIMA Y HECHO DE UN TERCERO - ESTIMACIÓN DEL DAÑO MORAL EN UN MILLÓN DE BOLÍVARES La Sala calificó como accidente de trabajo in itinere el arrollamiento que sufrió un trabajador por parte de un vehículo (hecho de un tercero) y en virtud de que éste no cruzó por el rallado peatonal (culpa de la víctima) y en consecuencia, estimó el  pago de la indemnización por daño moral en la cantidad de Bs. 1.000.000,00. En el presente caso y aun cuando quedó demostrado que el trabajador sufrió múltiples traumas producto de un arrollamiento que ocurrió mientras aquél cruzaba una calle por un lugar distinto al “rallado peatonal”, la Sala calificó este infortunio como un accidente de trabajo in itinere, por cuanto “…acaeció minutos después de salir de su puesto de trabajo, producto de la búsqueda de una unidad de transporte que le permitiera [al tr...

EL TRABAJADOR TIENE LA CARGA DE DEMOSTRAR LA EXISTENCIA DEL ACOSO LABORAL

SCS/TSJ N° 0158 de fecha 10.03.2017 (PAOLA JOSEFINA OCHOA MORÓN Vs CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A.): EL TRABAJADOR TIENE LA CARGA DE DEMOSTRAR LA EXISTENCIA DEL ACOSO LABORAL La Sala confirmó su criterio según el cual el trabajador que alega el mobbing o acoso laboral es quien tiene la carga de suministrar los medios probatorios para demostrarlo. En el presente caso, la demandante alegó que fue sometida a una situación de acoso laboral que le obligó a retirarse “justifi cadamente” y por lo tanto, solicitó el pago de una indemnización por daño moral. No obstante, la Sala determinó que el daño moral derivado de un acoso constituye una “…acreencia especial que inexorablemente debe ser demostrada por el actor, y además, debe existir relación de causalidad entre el agravio y el daño ocasionado…”, por lo que “…al no existir en el expediente probanza alguna que permita al accionante demostrar sus alegatos, resultaría forzoso para el administrador de justicia declarar la inexistenci...

Foro: "Defensa en la audiencia de presentación". Facultad de Ciencias Jurídicas y Polílticas UCV

El Instituto de Ciencias Penales y el Departamento de Ciencias Penales y Criminológicas invitan al foro: "Defensa en la audiencia de presentación". Fecha: Viernes 19 de enero de 2018. Lugar: Sala de Juicios Orales (aula 15) de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas - UCV. Hora: 3:00 pm a 5:00 pm. Con la participación de: Prof. Carlos Simón Bello Prof. Césa Arias Prof. José Alberto Lejed. Se entregará certificado electrónico de asistencia. Evento gratuito abierto a todo público.

EL “RUTIGRAMA” ES EL INSTRUMENTO ESENCIAL PARA DETERMINAR O DESVIRTUAR QUE UN ACCIDENTE IN ITINERE ES DE CARÁCTER LABORAL

SCS/TSJ N°058 de fecha 13.02.17 (caso: MONAPLAS, C.A. Vs. Acto Administrativo emanado de la DIRESAT Monagas y Delta Amacuro-INPSASEL): EL “RUTIGRAMA” ES EL INSTRUMENTO ESENCIAL PARA DETERMINAR O DESVIRTUAR QUE UN ACCIDENTE IN ITINERE ES DE CARÁCTER LABORAL En el presente caso la empresa solicitó la nulidad del acto administrativo que certificó como accidente de trabajo “…un accidente de tránsito sufrido por la trabajadora y ocasionado por un tercero, cuando (…), se dispuso a tomar un transporte que colisionó en una vía, la cual –alega el accionante- es contraria a su lugar de residencia y está fuera del horario en el cual debió arribar a su hogar”, estableciendo la Sala que "La empresa no notificó los riesgos en trayecto ni registró una vía o ruta para los trabajadores desde su casa hasta la entidad de trabajo (rutagrama) (…) razón por la cual por el principio de favor y el in dubio pro operario debe tenerse como cierto -porque no existe otra prueba concluyente- que el recorr...
SCS/TSJ N°082de fecha 20.02.17 (caso: NIELSY ENRIQUE ROMERO y NELSON JOSÉ MATA HUICE V GLOBAL GUARDS, C.A. y ARMORGROUP VENEZUELA, S.A): EL SALARIO NO ES VARIABLE SÓLO PORQUE EL TRABAJADOR PERCIBA MONTOS QUE VARIEN POR LABORAR HORAS ADICIONALES La Sala de Casación Social estableció que aun cuando un trabajador perciba montos que varíen de acuerdo a horas adicionales laboradas, el salario no se convierte en variable. La Sala apreció que “…de los recibos de pagos pertenecientes  a los trabajadores -a los que se les confirió valor probatorio- que quincenalmente éstos percibían una remuneración conformada por los días trabajados, días libres, bono nocturno (…) bono de eficiencia, prima de antigüedad, hora de descanso y hora adicional de trabajo, entre otros elementos que variaban conforme al tiempo empleado en la labor desplegada por estos trabajadores independientemente del resultado, lo que conduce a asegurar que la remuneración percibida por los actores no pueda cataloga...